SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2219/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 09/2008 de 24 de septiembre, cursante de fs. 52 a 54, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Flora Virginia Riveros Mamani en representación sin mandato de Renato Arturo Cordero Alarcón contra Rosse Mary Laguna Cueto, Jueza Primera de Partido de Familia, Williams Calderón Rodríguez y Juan Machicado Montes de Oca, ambos, Oficiales de Diligencias de la Central de Notificaciones de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, al libre tránsito y a la seguridad personal, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y g) y 13 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- a)
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios judiciales recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 13
- III.4. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis de la problemática planteada