Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2219/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la recurrente, en audiencia, hizo mención a los hechos y argumentos que contiene la demanda; no obstante, en el acta de audiencia (mal elaborada), no se ha registrado lo que en la Resolución se menciona, como es el hecho que el abogado hubiera aclarado que el recurso lo dirige únicamente contra los dos Oficiales de Diligencias y no así contra la Jueza a quien solo se le pidió comparecer para que preste un informe, mismo que no se analizará por lo anteriormente mencionado.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- a)
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios judiciales recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 13
- III.4. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis de la problemática planteada