SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2225/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2225/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público

Con el uso de la palabra del representante del Ministerio Público, adujo que el recurrente no se sometió al proceso, motivando que sea declarado rebelde y en cuanto a la prescripción, las autoridades recurridas fueron claras; por otro lado, no se agotaron todas las vías para el reclamo de sus pretensiones, por lo que debe ser declarado improcedente.