Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2267/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Según lo manifestado por el recurrente y corroborado por la autoridad recurrida, mediante memorial de 25 de noviembre de 2008, el imputado presentó un memorial ante el Tribunal Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, solicitando cesación de su detención preventiva (fs. 3 a 4 y 15 a 16).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre las solicitudes de cesación de detención preventiva
- Fragmento 17
- APROBAR