SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2270/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2270/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.3. Carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el supuesto de actuaciones ilegales fiscales en etapa preparatoria

El art. 54 inc. 1) del CPP, reconoce al juez instructor la función de ejercer el control de la investigación dentro del marco de sus facultades y deberes. Por su parte, el art. 54 del mismo Código, prevé que el imputado puede ejercer la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso.

Guardando coherencia con el párrafo introductoria, la jurisprudencia constitucional se refirió sobre el carácter excepcional de la acción de libertad, desarrollado en las SSCC 0315/2010-R de 15 de junio y 0054/2010-R de 27 de abril, entre otras, enfatizando que: “A partir de la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, se estableció los alcances de protección que brinda el hábeas corpus como recurso idóneo para proteger las supuestas lesiones al derecho a la libertad, determinando la naturaleza subsidiaria, de manera excepcional, de esta acción tutelar; entendimiento que en virtud a la vigencia del nuevo modelo constitucional y la naturaleza del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad, ha sido modulado y precisado por la jurisprudencia constitucional emitida por este Tribunal a través de la SC 0008/2010-R de 6 de abril, que establece lo siguiente: