SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2277/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2277/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo y a la petición, por cuanto refiere que en su condición de Concejal Titular del Municipio de Umala, provincia Aroma, Segunda Sección Municipal del departamento de La Paz, pidió licencia temporal por el lapso de tres meses, al haber concluido la misma y habiendo fallecido la Concejal Suplente, solicitó su reincorporación en varias oportunidades al Presidente del Concejo Municipal, sin tener ninguna respuesta positiva o negativa al respecto; al contrario, fue agredido verbalmente y ante su asistencia a las sesiones, éstas son suspendidas inmediatamente. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.