SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2284/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
1)
El juez demandado, presenta informe oral, haciendo conocer lo siguiente: 1) El recurrente no se encuentra en libertad plena, tiene una condena pendiente; 2) Contra el decreto impugnado el recurrente ha solicitado recurso de reposición, el que se encuentra pendiente de resolución; 3) En cuanto a la falta de firma que se ha mencionado, es sujeto de salvar a través de Secretaría del Juzgado en el término de ley; 4) El recurrente reconoce que no cumplió con las condiciones impuestas, evidenciándose del libro que no firmó tres veces, incumpliendo la condición sine quanon aceptada ante el Juez natural y ante el Juez de Ejecución Penal, bajo juramento de ley; 5) Del mandamiento de captura se constata que es para que sea conducido al Juzgado a efectos de considerar la suspensión por incumplimiento de las condiciones; 6) No se rechazó los justificativos mediante el decreto impugnado, se señaló audiencia para que el beneficiario tenga la posibilidad de justificar su situación laboral pero con prueba válida; y, 7) Se maneja el art. 176 de la Ley de Ejecución de Penas en forma conceptual por los vacíos de la ley.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.5.Mecanismos intra-proceso para impugnar decretos de mero trámite
- III.6. Del caso de análisis
- APROBAR