Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2332/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1.
La abogada del recurrente aclaró que Jorge Armando Villca Sánchez goza de libertad, tras haber cumplido con el juramento, en la audiencia de 3 de enero de 2009, llevada a cabo; sin embargo, reiteró los fundamentos expuestos en el memorial, que hacen procedente el recurso; no obstante, que la persona haya obtenido su libertad, ilegalmente limitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurridos y petitorio
- I.2.1.
- Fragmento 5
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso específico