SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2352/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2352/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.2.

Ramiro Carreón Gorena, a tiempo de emitir su informe en audiencia, justificó la ausencia de Erlinda Bustillos quien no pudo presentarse a la audiencia, haciendo constar que el informe se presta a nombre de la referida autoridad correcurrida; en ese contexto señaló que resulta evidente que ante la solicitud del fiscal de Materia Dante Romay, se autorizó la emisión de copias legalizadas del mandamiento de condena librado por ese Tribunal contra Bernardo Ressini Pino, coligiéndose que la emisión de ésta copia no es ilegal, ya que el mandamiento emerge de un proceso penal que adquirió calidad de cosa juzgada y fue librado en ejecución de sentencia; pretendiendo, bajo ese argumento, burlar el cumplimiento de la pena; finalmente añade que la autoridad solicitante fue parte acusadora en el proceso del que emerge el mandamiento de condena, por lo que resulta una aberración que se considere una detención indebida el cumplimiento de una condena por lo que piden se declare improcedente el recurso imponiendo una multa al recurrente por su temeridad manifiesta.