Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2352/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
la indefensión absoluta y manifiesta
En consecuencia queda fehacientemente demostrado que el ahora accionante no sólo conocía plenamente sobre la existencia de un mandamiento de condena en su contra y que voluntariamente se sustrajo de su cumplimiento, y habiéndose ejecutado el mismo se materializó la justicia sin que por ello se hubiera afectado derecho alguno del accionante; por ello, no corresponde otorgar la tutela solicitada ya que en el caso de autos no se presentan en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional, esto es, la indefensión absoluta y manifiesta, y que dichos actos sean la causa directa de la privación, o restricción a la libertad física.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- III.3. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.4. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso de autos
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR