Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2356/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
c)
c) De manera impertinente se presenta el recurso de hábeas corpus contra un policía de nombre David Apata, pero tal como consta en el cuaderno de investigaciones, ese policía no trabaja en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y nunca ha participado como investigador, y tampoco presta servicios en la división propiedades.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- b)
- c)
- improcedente
- i)
- iii)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad"
- "Primer supuesto:
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR