SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2360/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2360/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

iv)

iv) Saldias Arce pese haber sido notificado con la Resolución Municipal 07/08 no formalizó su renuncia que debió ser firmada y presentada personalmente al Consejo Municipal por el recurrente, a objeto de proceder a la elección del nuevo Alcalde Municipal, es más, sólo presentó un memorial de 2 de febrero de 2008 en que pidió su reincorporación como Concejal titular, por lo que, por carta de 6 de febrero de 2008 se le hizo conocer los fundamentos del rechazo a la renuncia presentada por tercera persona a su nombre y sin mandato, con el sano propósito de resguardar sus derechos constitucionales, de manera que a todos los efectos legales continuaba ejerciendo las funciones de Alcalde. Por lo expuesto y considerando que el recurrente carece de todo argumento legal,  pedimos se declare improcedente el recurso planteado y sea con costas al recurrente.