SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2405/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2405/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

SC 747/2010-R de 2 de agosto

Sobre el particular, también existe pronunciamiento expreso de este Tribunal en la presente gestión jurisdiccional. Así,  en la SC 747/2010-R de 2 de agosto, se estableció que: la SC 0161/2010-R de 17 de mayo, al pronunciarse sobre el equilibrio que debe existir entre el principio de informalidad en la presentación de este recurso con el principio de certeza o verdad en la otorgación de la tutela, expresó que: “…el art. 90.II de la LTC, señala que esta acción de defensa no requiere la observancia de requisitos formales y en caso que exista algún defecto u omisión de requisitos de contenido o especificación de derechos, estas omisiones deben ser superadas por el juez o tribunal que conozca el recurso y que actúa en el caso concreto como juez o tribunal de garantías constitucionales. Empero, siempre partiendo de un equilibrio, debe tenerse en cuenta que dicha autoridad o tribunal de garantías está supeditada al principio de certeza o de verdad material, lo cual implica que para conceder o denegar la tutela, debe partir de la revisión y análisis de los aspectos fácticos, en base a las pruebas objetivas, para luego establecer la norma constitucional, legal o jurisprudencia aplicable, y en definitiva llegar a una determinación no sólo correcta sino justa”.