Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2407/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. El 27 de marzo de 2007, el recurrente y su representado, presentaron a Secretaria General del Consejo de la Judicatura un memorial solicitando que se levante la suspensión dispuesta a través de la Resolución 336/2006 y se disponga su inmediata restitución a las funciones como Vocales de la Corte Superior de Cochabamba, con sus respectivos derechos y obligaciones (fs. 9 y vta.).