SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2452/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2452/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifiesta que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos, ya que dentro del proceso penal instaurado en su contra radicado en el Tribunal que integran, promovió incidente de defecto relativo en relación a un edicto publicado, puesto que en el mismo no se incorporó la acusación. Por providencia de 17 de junio de 2008, las autoridades demandadas rechazan la observación del accionante, disponiendo además que sea él quien señale su propio domicilio en el plazo de tres días bajo conminatoria de ser declarado rebelde. Ante el reclamo interpuesto por el accionante, por providencia de 9 de septiembre de 2008 se validan las actuaciones anteriores señalando la audiencia para la consideración de declaratoria de rebeldía. Por consiguiente, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.