SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2473/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2473/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 14

En el caso de autos, se establece que la accionante tuvo pleno conocimiento de la demanda que por beneficios sociales le siguió Emiliana Choque Patty; prueba de ello, es que asumió defensa en el mencionado juicio, planteando inclusive recurso de apelación. Posteriormente, actuó con notoria negligencia por cuanto no realizó seguimiento del proceso ni tampoco señaló un nuevo domicilio procesal como correspondía, al momento de cambiar de abogado, máxime si la oficina del mismo constituía su domicilio procesal y que ese cambio de causídico se produjo hace más de un año, resultando más que evidente que con las omisiones citadas, la recurrente provocó su propia indefensión, no correspondiendo otorgarle la tutela, conforme se determinó en una situación semejante en la SC 0776/2007-R de 2 de octubre, al señalar:“…el recurso de hábeas corpus no puede ser distorsionado para retardar o soslayar dicha obligación, menos para retrotraer el procedimiento cuando por propia negligencia no se asumió defensa oportuna conforme al procedimiento previsto…”.