Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2474/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 50 de 14 de octubre de 2008, cursante a fs. 17 y vta., declarando improcedente el recurso de hábeas corpus, con el fundamento que el expediente se encontraba en Vista Fiscal ante el Ministerio Público, razón por la que se fijó audiencia para el 30 del mismo mes y año.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.4. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5.Análisis del caso concreto
- REVOCAR