SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2480/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2480/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2008, cursante de fs. 66 a 70, la  recurrente manifiesta que por intermedio de la Federación de Maestros Urbanos del Distrito de Santa Cruz, adquirió un bien inmueble urbano de Hérmógenes Zabala Melgar, registrando su derecho bajo la partida computarizada 0101196503 de 19 de diciembre de 1994, bien inmueble situado en la Unidad Vecinal 178, manzana 43, lote 9, con la minuta aclarativa inscrita en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la partida 020009821 de 7 de octubre de 2006, con la matrícula actualizada 7.01.1.06.0069697, inmueble sobre el cual no existe ningún gravamen.

Indica que en forma  posterior a la venta que hiciera Hermógenes Zabala al grupo de profesores, un conocido avasallador de terrenos llamado Daniel Segovia Jurado, quien organizó un Sindicato Agrario en plena área urbana, instauró un juicio ordinario de nulidad de documentos contra el ex propietario de dichos terrenos y la Federación de Maestros Urbanos, pero ese proceso resultó favorable a los demandados en todas sus instancias, razón por la cual el Juez de la causa libró mandamiento de desapoderamiento contra los avasalladores y ocupantes de los terrenos, y sobre esa base, se le ministró posesión sobre su terreno.

Refiere la recurrente que, no obstante, más tarde un grupo de vecinos del mismo barrio donde se encuentran los lotes, encabezados por Deisy Barriga, interrumpieron su posesión, lanzando amenazas de muerte a los propietarios, repartiéndose los lotes como si fueran los dueños, y con acciones violentas ingresaron en posesión de los mismos, tal como sucedió con el suyo, en el que Deisy Barriga violentó el candado, ingresó y levantó una precaria habitación con venesta y cartón, cuidando el ingreso a mi inmueble con varios canes para evitar que se acerque al mismo. Ante esta situación, interpuso un interdicto de recuperar la posesión, que concluyó de manera favorable, y al tener Sentencia ejecutoriada, el Juez de la causa libró mandamiento de lanzamiento contra Deisy Barriga, Venancio Villalobos y otros, el cual fue ejecutado con ayuda de la fuerza pública el 29 de mayo de 2008.

Señala que tiempo después, nuevamente un grupo de loteadores encabezados por Deisy Barriga, portando machetes, palos y prendiendo fuego, nuevamente se apoderaron de su propiedad, le amenazaron de muerte y le arrojaron agua hirviendo, motivando su traslado al Brasil para el correspondiente tratamiento médico, sin que hasta la fecha pueda ingresar nuevamente a su inmueble. No obstante, Deisy Barriga inició un juicio ordinario de nulidad de documentos en contra suya, sin que se halla emitido alguna medida precautoria de desapoderamiento contra la recurrente, conforme se acredita de la certificación emitida por el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz.

Por todo lo mencionado, habiendo acudido previamente a la jurisdicción ordinaria y en conformidad a las SSCC 0250/2007-R y 0342/2007-R entre otras, interpone el presente recurso habiendo acreditado su derecho propietario y demostrado las acciones violentas que sufrió por parte de la recurrida en la pacífica posesión de su propiedad como en su persona, despojándola de manera directa de su derecho propietario, desconociendo todas la instancias legales y el orden jurídico.