SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2480/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.4. Análisis del caso de autos
En el presente caso, la accionante acreditó ser propietaria de un lote de terreno, y encontrándose en pacífica posesión del mismo, de manera repentina y violenta sufrió varias agresiones para despojarla de su propiedad, razón por la cual interpuso demanda de retener la posesión contra la ahora demandada y otros, resultando favorecida con el fallo dictado por la autoridad judicial, librándose mandamiento de lanzamiento contra la demandada en ejecución de Sentencia. Sin embargo, con posterioridad a estos hechos, nuevamente fue despojada de su propiedad por un grupo de personas armadas con machetes y palos, encabezado por la hoy demandada, impidiendo que ingrese a ese su terreno, colocando candados en la puerta y dejando en el interior perros guardianes que intentaron atacarla, razones por las cuales acudió a la vía constitucional interponiendo la presente acción.
La jurisprudencia anteriormente glosada es aplicable al caso que se analiza, puesto que la accionante demostró haber sufrido el despojo de su derecho propiedad a través de medidas de hecho, sufriendo agresiones físicas por parte de un grupo de personas armadas con palos y machetes, encabezado por Deisy Barriga. Asimismo, la accionante ha acreditado su derecho propietario sobre el terreno en cuestión, el mismo que no se encuentra legalmente cuestionado; asimismo, se ha probado la evidente lesión del derecho propietario de la accionante, al sufrir el despojo por parte de Deisy Barriga y otros. Finalmente, se demostraron las medidas de hecho en las que incurrió las demandadas, quién acompañada de otras personas ingresaron a un terreno ajeno, de propiedad de la accionante, con violencia, armados de palos y machetes, colocando candados en la puerta y perros en el interior, impidiendo el ingreso de la legítima propietaria; de tal manera que en el presente caso se dan los presupuestos establecidos en la citada SC 0148/2010-R.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. En cuanto al derecho a la propiedad privada
- por la existencia de acciones de hecho o justicia directa o a mano propia
- En
- 1) Debe existir una debida fundamentación y acreditación objetiva de que efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR