Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2480/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Por Sentencia de 6 de abril de 1996, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso seguido por Daniel Segovia Jurado por nulidad de transferencia más resarcimiento de daños y perjuicios contra Hermógenes Zabala Melgar y la Federación de Maestros, declaro improbada la demanda, ordenándose la entrega inmediata de los lotes a favor de los maestros propietarios (fs. 33 a 38 vta.), librándose mandamiento de desapoderamiento (fs. 42).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. En cuanto al derecho a la propiedad privada
- por la existencia de acciones de hecho o justicia directa o a mano propia
- En
- 1) Debe existir una debida fundamentación y acreditación objetiva de que efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR