Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2495/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. El 11 de septiembre de 2008, el recurrente interpuso incidente de prejudicialidad con los argumentos expuestos en esta acción tutelar (fs. 14 a 16). El Juez recurrido mediante Resolución 55/2008 de 2 de octubre declaró improbada la excepción de prejudicialidad (fs. 57 y vta.). Contra dicha Resolución el recurrente interpuso recurso de apelación incidental (fs. 67 a 68 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- medios eficaces y oportunos
- III.4. La acción de libertad y los presupuestos para la protección del derecho al debido proceso
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR