Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2496/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. Por Resolución 11/2008 de 11 de junio, la Jueza recurrida se excuso del conocimiento del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jhonny Aguilar Rojas e Isabel Mamani Ramos contra Mario Sarzuri Paco, Asunta Pinto Mamani y Beltrana Capa Pacaje (fs.20), por lo que mediante oficio de 13 de junio remitió obrados originales de ese proceso al Juez de Partido y Sentencia de Sica Sica (fs. 24); sin embargo, esa autoridad por decreto de 17 de junio de 2008, en cumplimiento a la Resolución de 30 de abril de 2008, pronunciada por el Tribunal Constitucional determinó la devolución del expediente a la Jueza recurrida.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR