Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2496/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. A fs. 26 cursa memorial suscrito por Jhonny Aguilar Rojas e Isabel Mamani Ramos, por el que informan a la Jueza recurrida que el 29 de abril de 2008 ante el Juzgado de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto, se celebró audiencia de amparo constitucional en la que fue resuelto en el fondo el amparo que solicitaron, por lo que retiraban voluntariamente la demanda que presentaron y solicitaban el archivo de obrados (fs. 26). Considerando esa solicitud, por decreto de 15 de julio de 2008, la Jueza recurrida determinó que se tenga por retirada la demanda de amparo constitucional, presentada por Jhonny Aguilar Rojas e Isabel Mamani Ramos y ordenó el archivo de obrados (fs. 27).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR