Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2496/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 1 de agosto de 2008, los ahora recurrentes solicitaron a la recurrida la reposición del decreto de 15 de julio del mismo año y que en consecuencia se sirva señalar día y hora para celebrar audiencia y resolver conforme a derecho el amparo constitucional presentado en su contra por Jhonny Aguilar Rojas e Isabel Mamani Ramos; respondiendo esa solicitud, la recurrida por decreto de 2 de agosto determinó no haber lugar a la reposición.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR