Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2525/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
dentro del
En revisión la Resolución 32/2008 de 1 de octubre, cursante de fs. 115 a 117, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Javier Mamani Huanca en representación sin mandato de Claudio Mamani Huanca contra Ángel Arias Morales, Juez Segundo de Partido en lo Penal Liquidador de El Alto del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la libertad, a la defensa y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- dentro del
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus”
- conceder la tutela
- coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción…”
- corresponde precisar que la aplicación de esta sub-regla de derecho no puede tener alcances ilimitados,
- i)
- no existe coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción, toda vez que la acción no fue interpuesta contra los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, quienes resolvierón en grado de apelación el incidente de nulidad interpuesto por el representado del accionante.
- REVOCAR