Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2532/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Fragmento 4
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Porfirio Siles Pancorbo e Iván Villa Bernal, Director Distrital de Educación de Sacaba y Director Departamental de Educación de Cochabamba, respectivamente, solicitando que en el día se le reponga en el cargo de Director de la UE “República de Italia”, Ciclo Primario, turno de la mañana, sea con el pago de daños y perjuicios.
- recurso, hoy acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- el ejercicio del derecho supone que una vez planteada la petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende; es decir, no la tramita y la responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley
- debe ser manifestada al peticionante, de modo que este conozca los motivos de la negativa a su petición
- es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita,
- III.3. Análisis del caso
- no obtuvo respuesta alguna de esa autoridad educativa, quien se encuentra obligada a brindar una
- APROBAR