SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2570/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
a)
La recurrente, ahora accionante, manifestó que los Vocales recurridos, hoy demandados, vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso, puesto que: a) Debido al recurso de apelación presentado por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, revocaron la Resolución que dispuso el cese de la detención preventiva, y la imposición de medidas sustitutivas, pese ha haber cumplido con todas las medidas sustitutivas, entre ellas la fianza real en un valor de Bs5000; o la presentación de dos garantes personales solventes y con domicilio propio; b) Sin la debida fundamentación ni motivación que amerite la detención preventiva como medida cautelar. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 2)
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.4. Sobre la acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- Fragmento 18
- III.6.De la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR