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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2736/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2736/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.2.

    II.2.    El 14 de julio, el padre del menor, presentó los nombres de los garantes personales a efecto de cumplir con lo dispuesto por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior (fs. 23 y vta.); sin obtener pronunciamiento de parte de la autoridad judicial demandada, el 22 de julio, reiteró nuevamente la presentación de garantes  y las respectivas actas de compromiso de los garantes Fortunata Gabriela Poma Castro y Antonia Candelaria Castro de Poma, respectivamente.

    • recurso de hábeas corpus,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del  Tribunal de garantías
    • 1)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
    • será siempre proporcional a su edad, a la gravedad de la infracción y a las circunstancias del hecho”,
    • sólo podrán ser restringidos con carácter excepcional, cuando sean absolutamente indispensables para la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la Ley”,
    • En ningún caso se podrá imponer esta medida por más de cuarenta y cinco días, en todos los casos el Juez deberá analizar si es posible sustituir la detención preventiva por otra medida más favorable”.
    • III.5.  Análisis del caso
    • APROBAR

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