Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2654/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señaló que las autoridades recurridas, hoy demandados, lesionaron el derecho a la seguridad jurídica y la garantía al debido proceso, al haber rechazado la nulidad de obrados por error en la notificación con el Auto de concesión del recurso de alzada donde se consignó equivocadamente su nombre. En revisión corresponde verificar los hechos denunciados para establecer si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Análisis sobre las exigencias legales de las notificaciones en primera instancia
- El actor
- III.4
- APROBAR