SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2670/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2670/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente, ratificó in extenso los términos del recurso presentado, y aclaró que el imputado Bailón Miguel Becerra Jordán, debió tramitar la excepción conforme a las normas del CPP, es decir debió presentar su excepción de cosa juzgada en audiencia oral y pública, no en un auto de apertura de juicio; así también manifestó que los recurridos, confundían los delitos de acusación particular, con los delitos de sobreseimiento al Ministerio Público.