SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2689/2010 -R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial de 15 de diciembre de 2008, Requis Claros Lima, interpone recurso de amparo constitucional, refiriendo que su persona en forma individual y colectiva, pidió al Director Regional de la CNS de Cobija, se sirviera dar cumplimiento al Decreto Supremo, que establece el incremento salarial que les correspondía por imperio de los Decretos Supremos (DDSS) 29458 de 27 de febrero y 24473 de 5 de marzo, ambos de la gestión 2008; sin merecer respuesta alguna de dicha autoridad; con ese antecedente, refiere que acudió ante el Jefe Departamental de Trabajo, exigiendo nuevamente el cumplimiento de dichas disposiciones; no obstante y a pesar de las reiteradas notas que se habrían cursado, no recibió respuesta alguna a su pedido. Finalmente a ambas autoridades les habría solicitado se dé pronta respuesta a su solicitud, sin que a la fecha de interposición del presente recurso se tuviera noticia de respuesta alguna, por lo que al no existir otra instancia a la que pueda acudir para la satisfacción de su derecho, interpone la presente acción tutelar, a efecto de que se repare el derecho vulnerado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. El caso de autos
- APROBAR