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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2694/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2694/2010-R

    Fecha: 06-Dic-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • a)
    • d)
    • I.2.3. Intervención del Tercero interesado
    • I.2.4. Resolución
    • b)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de         amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
    • III.4. Sobre el amparo contra decisiones judiciales
    • 1) La relevancia constitucional
    • 2) La no valoración de la prueba
    • dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final; por cuanto, no toda irregularidad u omisión procesal en materia de prueba (referida a su admisión, a su práctica, a su valoración, etc.) causa por sí misma indefensión material constitucionalmente relevante, correspondiendo a la parte recurrente, demostrar la incidencia en la Resolución final a dictarse, es decir, que la Resolución final del proceso hubiera podido ser distinta de haberse practicado la prueba omitida, o si se hubiese practicado correctamente la admitida, o si se hubiera valorado razonablemente la compulsada;
    • 3) La no interpretación de la legalidad ordinaria
    • i)
    • APROBAR

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