SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2694/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2694/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

d)

d) Con relación a la supuesta vulneración del art. 4 de la LGT, debe tenerse presente que ninguna autoridad, menos la COTEOR Ltda., obligó a la recurrente a cobrar su finiquito por beneficios sociales y tampoco suscribir el convenio de 22 de noviembre de 2003, que ciertamente constituyen elementos esenciales para la fundamentación del Auto Supremo recurrido.