SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2699/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2699/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

denegó

Concluida la audiencia la Sala  Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 173 de 15 de diciembre de 2008, cursante de fs. 56 vta. a 57, que denegó la tutela solicitada, con el fundamento de no ser evidente que las autoridades recurridas vulneraron los derechos fundamentales invocados por el recurrente, por cuanto no ha existido indefensión, toda vez que las partes tienen la obligación de acudir los martes y viernes al Juzgado a objeto de notificarse con las actuaciones que se hubieran producido, además de que la renuncia de su abogado al patrocinio de la causa, no le ha causado indefensión por cuanto es una parte accesoria en el proceso y finalmente; que el recurrente tenía conocimiento del proceso, por lo que debió hacerle el seguimiento señalado.