SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2706/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2706/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Fue legalmente beneficiado con la cesación de su detención preventiva, dentro del proceso penal por supuesto delito de tentativa de asesinato, seguido por el Ministerio Público y Jorge Vicente Fernández Daza contra el recurrente y otro. Así, en primera instancia, el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, le impuso la pena privativa de libertad por quince años, a ser cumplida en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, a través de la Sentencia condenatoria 28/2007 6 de diciembre, fallo contra el que interpuso recurso de apelación restringida, que fue conocido y resuelto por los Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, mediante el Auto de Vista 111/2008 14 de julio, confirmando los términos de la Resolución dictada por el Tribunal a quo; sin embargo, este Auto de carácter definitivo, no le fue notificado personalmente en su residencia particular, sino que la diligencia se practicó en su domicilio procesal, en la persona de su abogado patrocinante.

Como consecuencia de estas actuaciones irregulares, el recurrente se vio impedido de oponer el pertinente recurso de casación contra el Auto de Vista 111/2008; y en consecuencia, cobrada errónea ejecutoria la Sentencia condenatoria en su contra, el Tribunal Quinto de Sentencia, ordenó su cumplimiento, privándosele de su derecho a la libertad, precisamente, cuando acudió a firmar el libro respectivo a la cesación de su detención preventiva que le fue antes concedida. El recurrente, concluye que fue evidente la transgresión de los arts. 163 incs. 2) y 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP).