SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2706/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2706/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.2.

II.2.  Contra la Sentencia 28/2007, el recurrente interpuso apelación restringida a través del memorial cursante de fs. 18 a 20, en el que indica: “Mayores proveídos conoceré en el bufete del abogado que suscribe…” (sic); y el de subsanación, que cursa a fs. 21 y vta., último que fue firmado únicamente por el abogado Mario Pinto Blancourt, defensor de Yeral Bismark Ortiz Salas, por estar el interesado impedido temporalmente. Este recurso, fue resuelto por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 111/2008 de 14 de julio, declarándolo improcedente y ratificando la Sentencia pronunciada por el Tribunal a quo (fs. 22 a 24).