Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2712/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.4.
II.4. Andrés Callizaya Quispe, el 12 de junio de 2008, presentó al Jefe del Departamento V Instituto de la Fuerza Armada de Bolivia (FAB), recurso de apelación contra la Resolución 003/2008, alegando que se vulneró su derecho a la defensa por no haberle dado la oportunidad de contratar los servicios de un abogado defensor que lo asista en la audiencia de consideración del Acta del Consejo Disciplinario, además que el Consejo Superior carece de facultades para juzgar hechos delictivos en el supuesto de haberse cometido un delito, del cual además no se mencionó a la víctima en la Resolución emitida en su contra (fs. 8 a 9).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- a) debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales; b) debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes; c) debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto; d) debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales; e) debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada; f) debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado”
- III.4. El caso de autos
- Resolución 001/2008 de 25 de junio de 2008
- descripción de manera expresa de los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto; en ese contexto, se tiene que la problemática en el caso concreto, versa sobre la falta de motivación y fundamentación de la Resolución 001/2008 que declaró improcedente la apelación interpuesta contra la Resolución 003/08 confirmando la misma,
- APROBAR