SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2814/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
iii)
iii) En cuanto al objeto cabe señalar que emergente del mandato nacen obligaciones para ambas partes, cada una de las cuales tiene su objeto propio, el objeto del mandato por antonomasia es el acto jurídico (o los actos jurídicos), que el mandante encarga al mandatario y que este se obliga a ejecutar por cuenta de aquel.
Por la extensión de su objeto, el mandato puede ser general o especial. Esta primera clasificación atiende al ámbito o extensión de los intereses del mandante respecto de los cuales el mandato surte efectos y no debe confundirse con la distinción entre mandato concebido en términos generales y mandato expreso. Mandato general es el conferido para todos los actos o intereses del mandante y mandato especial es el otorgado para un acto específico (art. 809 del CC). No obstante, que el mandato especial solo surte efectos para un determinado asunto en orden al cual fue conferido, debe entenderse que comprende todos los actos que son condición o consecuencia necesarias de aquel o de aquellos. Así, por ejemplo, en el caso que nos corresponde analizar el mandato fue conferido a la accionante para cobrar el aguinaldo de Oscar José Añez Avaroma; consecuentemente, le facultaba además a firmar planillas como constancia de haber recibido el pago; no obstante, que el mandato también le facultaba para aquello.
A objeto de precisar la vigencia y validez del mandato otorgado por una persona en favor de terceros, corresponde señalar que de manera general el mandato tiene su vigencia entre tanto no se extinga en una de las formas previstas por el art. 827 del CC, disposición legal que establece, el mandato se extingue, entre otras causas, por revocación del mandante. Ahora bien, sobre los efectos de la revocatoria del mandato frente a terceros, la norma prevista por el art. 830 del CC, dispone que: "La revocación notificada a sólo el mandatario, no puede ser opuesta a los terceros que han contratado ignorando esa revocación. Queda a salvo al mandante su recurso contra el mandatario".
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El mandato
- i)
- ii)
- iii)
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR