Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2814/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, denuncia que el recurrido, hoy demandado, vulneró los derechos de su representado a la "seguridad jurídica", a la petición y a la remuneración justa, por cuanto, no obstante, existir un poder especial para el cobro de aguinaldo, no se hizo el pago respectivo, arguyendo que el pago es personal. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El mandato
- i)
- ii)
- iii)
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR