SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2821/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2821/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

i)

La recurrente a través de su abogado, ratificó los términos de su demanda y ampliando la misma manifestó lo siguiente: i) Adjuntan la prueba que acredita el derecho propietario de Eldy Nined de los Ríos Vda. de Barrios, registrado en Derechos Reales (DD.RR.); ii) Presentan como prueba un video donde se evidencia que Adalid Flores Condori, manifestó que se encuentra en su propiedad y no iba a salir de allí mientras el anterior propietario que lo contrató, no le pague los supuestos quince años de sueldo, debidos; iii) Se ha evidenciado que existe una violación al uso y goce de la propiedad privada que protege la Constitución Política del Estado; iv) Existe ausencia de pruebas en los recurridos que los ampare en su avasallamiento; y, v) El justificativo de que se ingrese a una propiedad privada porque se le deba dinero, no justifica el hecho de hacer justicia propia, puesto que deben acudir a las instancias que correspondan.