Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2862/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
2)
2) Señalan que no se cumplió con el requisito de la subsidiariedad, debido a que los recurrentes presentaron recurso de queja, ante la Corte Nacional Electoral, que hasta la fecha de interposición del presente recurso no se pronunció y que se encuentra pendiente de resolución, por lo que este recurso no es sustitutivo de otros recursos que la propia ley establece.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- I.2.3. Informe del tercer interesado
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “conceder”
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el derecho de petición
- APROBAR