Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2862/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.2.
II.2. Sergio Daniel Ronald Corvera Aguado, candidato a Jefe Departamental por el frente MNR UNIDO, mediante nota de 3 de octubre de 2008, solicitó la habilitación de las candidaturas observadas por Resolución JDELP 007/2008, adjuntando sus descargos. (fs. 73); el 8 de ese mes y año, junto al candidato a Jefe Departamental por el frente MNR AL CAMBIO, mediante nota denunciaron inhabilitaciones irregulares en la elección interna del MNR (fs. 76 a 78); El 9 de octubre de 2008, Sergio Daniel Corvera Aguado, solicitó la inmediata habilitación y depuración de candidatos que no demostraron su militancia en el MNR (fs. 81 a 82); Solicitud reiterada el 11 del referido mes y año (fs. 83).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- I.2.3. Informe del tercer interesado
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “conceder”
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el derecho de petición
- APROBAR