Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2862/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.3 Personas recurridas y petitorio
El presente recurso esta dirigido contra Javier Hinojosa Santalla, Presidente de la Junta Nacional Electoral; René Arzabe Soruco, Álvaro Franco Terceros, Fernando Palaciós Medrano, Ernesto Bascopé, Miembros de la Junta Departamental Electoral de La Paz, todos del MNR, solicitando que se declare procedente el recurso presentado, y se disponga la anulación de las elecciones internas del MNR, realizadas el 12 de octubre de 2008, así como la anulación de lo obrado hasta el día de recepción de inscripciones.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- I.2.3. Informe del tercer interesado
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “conceder”
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el derecho de petición
- APROBAR