Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2862/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. El 11 de octubre de 2008, la Junta Departamental Electoral, mediante nota, respondió a los cuestionamientos del candidato a Jefe Departamental por el frente MNR UNIDO, sosteniendo que sus actuaciones están apegadas a la normativa del Estatuto Orgánico del Partido y al Reglamento Electoral Territorial emitido por la Junta Nacional Electoral (fs. 85).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- I.2.3. Informe del tercer interesado
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “conceder”
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4.Sobre el derecho de petición
- APROBAR