Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2010-CDP
Fecha: 25-Mar-2010
1.
1. Los gastos efectuados para lograr la reposición del derecho conculcado, consistentes en: Gastos por la carátula (Bs2.-), por comprobante de caja (Bs22.-), por timbres y formularios de todo el expediente (Bs22.-) y el honorario profesional fijado de acuerdo al Arancel del Colegio de Abogados de Potosí (Bs2000.-), de acuerdo a lo señalado en los AACC 0006/2004-CDP, 0011/2004-CDP, 0033/2005-CDP y 0002/2007-CDP, entre otros.