AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-RCA

Fecha: 13-Abr-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCION

La recurrente señala que el trámite de nacionalización de su vehículo marca Isuzu en dependencias de la Aduana de Yacuiba, dura más de tres años por haberse  presentado una denuncia de robo de vehículo proveniente de Argentina, pero por el tiempo transcurrido la misma ya caducó. Sin embargo, se dictó la Resolución GRT-GR 033/2004 por la que la Aduana declaró la caducidad y extinción del derecho del presunto propietario del referido vehículo, declarándose facultada para disponer de ese bien. Esta determinación, asevera la actora, conculca su derecho a la propiedad, consagrado por el art. 22 de la CPE abrog., por lo que recurre al amparo constitucional. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el juez de amparo obró correctamente al declarar la improcedencia del recurso.