AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2010-RCA

Fecha: 19-Abr-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes señalan que ante la negativa de la Alcaldía Municipal de dar curso a su solicitud de autorización de aprobación de su plano, en base a la OM 116/2002, que impone la obligación a todos los propietarios que tienen predios que colinden con vías asfaltadas a cerrar su lote, procedieron al cierre de su inmueble; no obstante, el 30 de enero de 2007, la Dirección de Desarrollo Urbano y la Jefa del Departamento Legal, sin competencia alguna, dispusieron la demolición del cerramiento efectuado, cuando dicha determinación corresponde a la máxima autoridad ejecutiva de la Alcaldía, por lo que interpuestos los recursos de revocatoria y jerárquico, los mismos fueron rechazados con el argumento de haberse anulado parcialmente el plano de loteamiento realizado por su vendedor pese a no estar prevista en la legislación boliviana la nulidad de oficio. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional conforme estableció el Tribunal de amparo.