Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2010-RCA
Fecha: 26-Abr-2010
a)
Recurre de amparo solicitando: a) La nulidad e invalidez del proceso sumario administrativo instaurado en su contra, en particular de la Resolución 001/2006 de 29 de diciembre; b) La nulidad del memorando SEM.GG.MEM. 138/07; y c) La inmediata reincorporación a su fuente de trabajo más resarcimiento civil.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- I.5. Trámite y Resolución en el Tribunal de garantías
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. Rechacen el recurso,
- el juez o tribunal del amparo, antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los mismos
- 1
- II.4. Análisis del caso enviado en revisión
- no hizo uso efectivo de los mismos
- APROBAR