Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2010-RCA
Fecha: 26-Abr-2010
1º APROBAR
1º APROBAR la Resolución de 15 de agosto de 2007, cursante de fs. 52 a 53 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, con la modificación de que lo que correspondía era declarar la IMPROCEDENCIA IN LÍMINE del recurso, por inmediatez.
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.5. Resolución
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso,
- ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- Fragmento 9
- falta de inmediatez
- Auto de 20 de junio de 2006
- subsane l
- 1º APROBAR
- 2º Recomendar