AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

rechazó

Por Resolución de 24 de diciembre de 2004, el Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazó el incidente argumentando que con la aplicación del art. 31.II de la LAPCAF no se ha violado el art. 16 de la CPE abrog. ni ningún artículo de la Ley Fundamental abrogada ya que los ejecutados tienen expedito el derecho a asumir defensa planteando la ordinarización del proceso ejecutivo.